¿Te dedicas a la transportación de carga vía terrestre, aérea ó marítima? Entonces deberás tramitar tu carta porte de mercancías. ¿Qué información debe contener la carta porte? Aquí te lo decimos!
Primero recordemos ¿Para qué me sirve la carta porte?
Este nuevo requisito del SAT sirve principalmente para facilitar a los transportistas la prestación de servicios de carga de bienes y/o mercancías, incluyendo el traslado de Hidrocarburos y Petrolíferos.
¿La carta porte aplica a qué tipo de transporte?
A toda empresa transportista que requiera trasladar bienes y/o mercancías dentro del territorio nacional, ya sea vía:
- Terrestre
- Marítima
- Aérea
- Ferroviaria
¿Qué información contiene la carta porte?
- Lugar y fecha de emisión
- Nombre y dirección del cargador y el expedidor
- Nombre y dirección del porteador y del tercero que reciba él envió
- Lugar y fecha de la recepción del envió por el porteador
- Lugar y fecha prevista del envió en destino
- Nombre y dirección del destinatario, así como domicilio donde se puedan recibir notificaciones.
- Naturaleza de las mercancías que integra él envió, el número de bultos y sus signos y señales de identificación.
- Identificación del carácter peligroso de la mercancía enviada, así como de la denominación prevista en la legislación de la cual se trate.
- Cantidad de mercancías enviadas determinada por su peso, o bien expresarla de cualquier otra manera.
- Clase de embalaje (utilizado para condiciones del envió)
- Posiblemente precio que se ha convenido del transporte de los gastos previstos relacionados con el mismo.
- Indicación sobre si el precio del servicio se paga por el cargador o el destinatario
- Declaración de valor de las mercancías
- Trámites administrativos relacionados con él envió del producto
¿Qué otros puntos puede llevar la carta porte?
Acuerdos como:
- Prohibiciones específicas
- Gastos a cargo de quien estarán
- Listas de documentos remitidos al transportista
- Plazo en el que se tiene que realizar el traslado.
¿A partir de qué fecha entró en vigencia el complemento Carta Porte 2021?
El complemento Carta Porte inicia su vigencia el 1 de junio de 2021 y es obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia.
Por tu flujo de entregas no tienes tiempo de generar esta información? No te preocupes!
En ALCON realizamos la gestión de carta porte de tu empresa
- Contáctanos directo a contacto@alconmx.com
- Llámanos al 844 228 6660
- Síguenos en LinkedIn