Entrega de constancia de viáticos
Los viáticos, es el dinero que recibe el empleado antes de realizar algún viaje, se le entregan a una persona para cubrir los gastos que incurren para el cumplimiento de sus funciones fuera del área habitual de trabajo o sustentar un viaje. Es importante que la empresa lleve un control interno especial para asegurar el manejo adecuado no sólo del dinero, sino de los requisitos fiscales para su deducción.
¿Cómo se deducen los viáticos?
Según la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) en su artículo 28, los viáticos son deducibles cuando cumplan con:
Destino: Deben destinarse a hospedaje, alimentación, transporte.
Relación laboral: Las personas beneficiarias del viático deberán tener una relación de trabajo con el contribuyente como empleado.
Documentación comprobatoria: Se deberán respaldar todos los gastos con un comprobante fiscal. Además de los requisitos anteriores, estos gastos no pueden exceder de las cifras que a continuación se indican:
- Alimentación: Que no exceda de $750.00 MXN en territorio nacional y de $1,500.00 MXN en el extranjero.
- Renta de autos: Hasta $850.00 diarios.
- Hospedaje: Sin límite en territorio nacional y $3,500.00 MXN en el extranjero.
Obligación y entrega de constancia de viáticos.
Es obligación del Patrón proporcionar constancia y comprobante fiscal del monto total de los viáticos pagados, a las personas a quienes le hubieran prestado servicios personales subordinados a más tardar el 15 de febrero de cada año.
El patrón que no haya incluido los viáticos en los CFDI de nómina correspondientes deberá expedir, antes de finalizar el ejercicio, un CFDI de nómina por cada uno de los meses en que se pagaron estos conceptos, procurando que queden timbrados dentro del ejercicio.
No deberás: Emitir un CFDI de nómina que englobe por ejemplo todos los viáticos de un año, ya que por disposición deben emitirse en tiempo y forma de manera mensual. Emitir un CFDI con complemento de retenciones y pagos, ya que no existe ninguna clave para salarios o viáticos.
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