Declaración operaciones relevantes

Declaración operaciones relevantes

Todos los contribuyentes están obligados a presentar la información de las operaciones relevantes. Esta declaración se realiza dentro de los 30 días después de cada trimestre, y para antes del 28 de febrero del 2021 se tendrá que presentar la del trimestre octubre-diciembre.

Cuando los contribuyentes presenten la información de forma incompleta o errónea, tendrán un plazo de treinta días contados a partir de la notificación, para complementar o corregir la información presentada.

Se considerará incumplida la obligación fiscal, cuando una vez transcurrido el plazo señalado, no se haya presentado la información o se presente con errores.

¿Qué operaciones se deben presentar?

Según el formato 76 del SAT, existen distintas operaciones, sin embargo, solo deberá presentarse la información de las operaciones que se hubieran realizado en el periodo correspondiente, por el contribuyente.

¿Quiénes deben presentar esta declaración?

Todos los contribuyentes, personas físicas o personas morales, que realice alguna de las operaciones relevantes señaladas en el artículo 31-A del CFF. A excepción que no sean parte del sistema financiero.

¿Cómo cumplir esta obligación?

  1. La declaración deberá presentarse a través del portal del SAT.
  2. No se deberá dar seguimiento al trámite, ni el SAT emitirá una resolución.
  3. No existe un plazo establecido para que el SAT solicite información adicional.
  4. Se obtendrá acuse de recibo de la declaración.

Sanciones por incumplimiento Cometer alguna infracción relacionada con la obligación impondrá una multa que asciende entre 154 mil y 220 mil pesos, cantidad publicada en el DOF del 9 de enero de 2020.

Alcon asesoría contable y fiscal.

Evita multas, presentando las declaraciones en tiempo y forma para que no deriven en sanciones. En Alcon te asesoramos en la presentación de documentos.

Para sociedades

  • Gestionamos y presentamos las declaraciones tributarias a la que esté obligada la sociedad (IVA, retenciones, pagos fraccionados, Impuesto sobre Sociedades, operaciones intracomunitarias etc.).
  • Estudiamos y analizamos los mejores incentivos fiscales aplicables.
  • Desarrollamos tu Planificación fiscal.
  • Te asistimos en el cierre de la contabilidad.
  • Te asesoramos sobre la forma jurídica más adecuada para la creación de una empresa.

Personas físicas

  • Asesoramos fiscalmente a profesionales y empresarios.
  • Elaboramos las declaraciones tributarias de IVA, retenciones, y otras obligaciones formales.
  • Planificamos y elaboramos la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)de.
  • Planificamos y elaboramos la declaración anual del Impuesto sobre el Patrimonio (IP).
  • Elaboramos los informes sobre las implicaciones fiscales.

 

 

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll to Top