El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) es un medio electrónico que permite a los patrones que obtuvieron su registro ante la STPS cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)
Los prestadores de servicios especializados previamente registrados en el RESPE deberán presentar de forma obligatoria su información SISUB a INFONAVIT.
¡Conozcamos más!
¿Qué es el SISUB?
El Sistema de Información de Subcontratación –SISUB- es el medio electrónico que permite a los patrones cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), aplicable a personas físicas y morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), para llevar a cabo la prestación de servicios especializado o la ejecución de obras especializadas.
De este modo, los sujetos obligados a presentar sus informativas cuatrimestrales pueden estar en cumplimiento ante el INFONAVIT con su registro SISUB.
Los sujetos obligados deberán enviar la información de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del Infonavit, así como la información de los contratos y de los trabajadores que estuvieron vinculados a esos contratos en el periodo que se reporta, incluyendo los datos del beneficiario del servicio del esquema de subcontratación.
¿Quiénes presentan informativas cuatrimestrales SISUB?
Aquellas personas (físicas o morales) que brindan servicios especializados registrados en REPSE.
Asimismo, patrones que hayan obtenido su registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
¿Cuándo se debe cumplir con las informativas SISUB?
La obligación de presentar la información SISUB ante el Infonavit es de manera cuatrimestral, de la siguiente forma:
- Periodo Enero-Abril: Primer cuatrimestre: Presentar entre el 1 y 17 de mayo.
- Periodo Mayo-Agosto: Segundo cuatrimestre: Presentar entre el 1 y 17 de septiembre.
- Periodo Septiembre-Diciembre: Tercer cuatrimestre: Presentar entre el 1 al 17 de enero (del siguiente año)
¿Cuáles son los requisitos del SISUB INFONAVIT?
- Estar registrado en el Portal Empresarial.
- Formato Información sujeto obligado, detalle de trabajadores y detalle del contrato (en formato .csv).
- Registro o registros emitidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (en formato pdf).
- Escritura constitutiva y modificaciones (en formato pdf).
- Contrato o contratos de subcontratación (en formato pdf).
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
¿Cómo accedo al portal SISUB?
Deberás acceder desde el portal de INFONAVIT en la opción de ‘Portal Empresarial’ o desde la siguiente liga https://empresarios.infonavit.org.mx/
Si es la primera vez que ingresas deberás seleccionar la opción “Crear cuenta” y te solicitara:
- Número de Registro Patronal (NRP)
- Correo electrónico con el cual se registró el NRP
- Contraseña (La cual se generó al momento del registro)
- Ya que se realizó el registro, podrá ingresar con su cuenta y contraseña en la opción “Ingresar”.
Cabe señalar que se pueden presentar dos tipos de declaratorias:
- Con información: Con contratos vigentes
- Sin información: Sin ningún contrato vigente
¿Cuáles son los pasos a seguir?
- Ingresa a tu cuenta del Portal Empresarial con el NRP identificado como principal.
- En la sección Mis trámites, da clic en la opción “Sistema de Información de Subcontratación”.
- Lee y acepta los términos y condiciones con el uso de la firma electrónica de la empresa (e.firma).
- Da clic en la pestaña “Envío de información” y descarga los formatos XLS; captura los datos en todos los campos que te solicitan.
- Llena el formulario y carga los archivos en formato “.csv” requisitados y los documentos “pdf” solicitados.
- En la pestaña “Seguimiento a folio” conocerás el estatus de tu trámite.
¿Cuál es la información que debo enviar?
La información de los sujetos obligados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del Infonavit, así como la información de los contratos y de los trabajadores que estuvieron vinculados a esos contratos en el periodo que se reporta, incluyendo los datos del beneficiario del servicio del esquema de subcontratación.
En caso de no contar con contratos ni trabajadores a disposición de un tercero realizando servicios u obras especializadas, deberán informar, bajo protesta de decir verdad, el número de registro obtenido de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la escritura constitutiva, y en caso de personas físicas, la constancia de situación fiscal emitida por el SAT.
Puedes encontrar más información en el link siguiente:
https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/8b68f970-5b08-47c3-9496-577f7928dd36/Guia_del_Sistema_de_Informacion_de_Subcontratacion.pdf?MOD=AJPERES
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