Se ha llegado mayo, y con él la entrega de utilidades.
Recordemos que las utilidades son parte de las ganancias que una empresa ha recibido por su labor y servicios en el mercado.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, a los trabajadores les corresponde un porcentaje de estas ganancias, y su repartición debe realizarse en los meses de mayo y junio.
¿A quién le debo dar utilidades?
Si tu empresa obtuvo utilidades netas de $300,000 MXN o superiores, y cuenta con más de un año en funcionamiento, deberás hacer el reparto de utilidades, a aquellos trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en la empresa (3 meses del 2021).
¿A quién no debo entregarle utilidades?
Existen ciertas excepciones de acuerdo a la legislación laboral la cual dicta que las utilidades no aplican para:
- Trabajadores que hayan laborado menos de 60 días del período 2021
- Directores, administradores y gerentes generales
- Colaboradores cuyo pago sea por honorarios
- Trabajadores domésticos
¿Cuándo debo hacer el reparto de utilidades?
Los trabajadores que responden a una empresa (persona moral) recibirán las utilidades antes del 30 de mayo y los que responden a un patrón o persona física contaran con este pago antes del 29 de junio.
¿Qué pasa si como empresa no cumplo con el pago de utilidades?
Las consecuencias de no cumplir con el Reparto de Utilidades en tiempo y forma, puede repercutir en multas que ascienden hasta los 5000 salarios mínimos, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.
¿Quién puede asesorarme con respecto al reparto de utilidades en mi empresa?
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