Aprueban prórroga de registro REPSE ante el desconocimiento y la falta de registro de proveedores y contratistas en el nuevo padrón de servicios especializados REPSE. El viernes 30 de Julio de 2021, la Cámara de Diputados comunicó que se extiende el plazo para registro REPSE, siendo el 1 de septiembre la fecha límite para el registro de empresas de servicios especializados.
El pasado 23 de abril de 2021 en una publicación del Diario Oficial de la Federación se detalló la reforma del outsourcing y sus 8 ordenamientos legales junto con los plazos, que debían ser considerados tanto por las empresas que contratan como por los proveedores de servicios para la regularización del outsourcing y servicios indirectos conforme a este nuevo marco legal.
Lamentablemente, sólo una tercera parte del total de empresas prestadoras de servicios se encuentra registrada, pese a que desde el 23 de mayo está habilitada la plataforma REPSE.
¿A qué se debe la falta de registros en REPSE?
Primeramente, al desconocimiento.
La reforma de ‘outsourcing’ no afectó solamente a las empresas empresas de Recursos Humanos, sino también, a todos los prestadores de servicios indirectos cuya actividad se ejecuta dentro de las instalaciones de sus clientes – Comentó Daniel Campos, Socio Director de ALCON
En otras palabras, mientras se hablaba de la reforma del outsourcing 2021, empresas de servicios como, por ejemplo: de mantenimiento industrial, sorteadoras de calidad, contratistas, empresas de instalaciones, de limpieza, vigilancia, salud ocupacional, entre otras, desconocían que la reforma también los incluye.
- Si necesitas saber cuáles son los servicios especializados? Te recomendamos leer este blog
“Particularmente en la ultima semana de julio, recibimos llamadas mails y consultas de distintas empresas de servicios, en su mayoría desconocían que la reforma de outsoucing les aplicaba” – Explicó Comentó Daniel Campos, Socio Director de ALCON
Ante las dudas de los prestadores de servicios Alcon recomienda que se realice las siguientes 2 preguntas
- Tus empleados o tu ejecutan su trabajo en las instalaciones de su cliente?
- Tus empleados reciben instrucciones directas para realizar su trabajo pro parte de tus clientes
Ante cualquiera de estas 2 preguntas si tu respuesta es SI, debes de registrarte en el padrón de servicios especializados.
- ¿Aún tienes dudas? Ingresa a nuestro blog de servicios especializados donde abordamos múltiples consultas
¿Cuándo avisaron la reforma outsourcing 2021?
La entrada en vigor de la reforma de subcontratación inició el 24 de abril de 2021, fecha de la cual iniciaron los diversos plazos para su transición y fechas límite.
¿Cuándo avisaron del registro REPSE?
El registro de empresas de subcontratación de servicios especializados, habilitó desde el 24 de mayo del 2021, a través del la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el portal en línea REPSE a través del cual todo prestador de servicios puede ejecutar su registro.
- Click aquí para conocer lo que debes saber antes de registrarte en REPSE
¿Qué implicaciones trae la nueva reforma?
- El gobierno determinó que todas las empresas con esquema de outsourcing y/o insourcing debían absorber a los empleados de las prestadoras de servicios que no cumplan los requisitos, otorgando un lapso 90 días, con fecha límite el 23 de Julio de 2021) para efectuar una substitución patronal sin la condición de transferir activos, pero reconociendo todos los derechos laborales y la antigüedad.
- La sustitución patronal es la sugerencia contemplada en la reforma outsourcing, sin embargo, es importante que como empresa se revise cada caso en particular, debido a que varias de las actividades pueden mantenerse externalizadas con proveedores de servicios especializados mientras se cumpla con los requisitos y criterios aplicables.
- Toda empresa de servicios registrada en REPSE, deberá presentar ante el IMSS e INFONAVIT informes cuatrimestrales sobre sus contratos y las condiciones de su personal, en los meses de enero, mayo y septiembre de cada año.
- Las empresas en período de transición deben solicitar la baja ante el IMSS de los registros patronales por clase y la asignación de uno nuevo.
¿Cuánto tiempo tengo para el registro REPSE?
El 01 de Septiembre del 2021 será la fecha límite para que las empresas de servicios y obras especializadas que NO tengan su registro ante la STPS, puedan seguir brindando sus servicios.
¿Qué pasa si no alcancé a registrarme en REPSE?
Será posible solicitar la inscripción ante el REPSE en cualquier momento después del 1 de septiembre, sin embargo después de esta fecha no estará permitido que brindes servicios SIN contar con registro REPSE, ya que de hacerlo tanto tú como tu cliente estarían incurriendo en un ACTO DELICTIVO.
¿NECESITAS REGISTRAR A TU EMPRESA?
Alcon lo hace por ti. Más información aquí
¿TE INTERESA ESTE SERVICIO?
Envíanos tus datos de contacto (nombre, mail empresarial, telefono, ciudad) especificando el giro de tu empresa y si eres persona moral o física a contaco@alconmx.com.
Nuestros asesores te indicaran los pasos a seguir para proceder con tu registro.
¿Aún tienes dudas si debes o no registrarte en REPSE?
Déjanos tus comentarios aquí en el blog, con gusto te respondemos!
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Redactado por:
BUENAS TARDES…DESESO SABER SI TENGO LA OBLIGACION DE REGISTAR A MI EMPRESA EN EL REPSE.
SOY UNA COMERCIALIZADORA DE REVISTAS , MAS NO TENGO PERSONAL QUE PRESTE SERVICIOS A NINGUNO DE MIS CLIENTES.
SALUDOS.
LIC. JUAN NUÑO
CEL. 5517300060
Estimado Juan,
El REPSE sólo aplica para proveedores de servicios, obras especializadas o contratistas que para ‘brindar su servicio’ ejecuten el mismo en las instalaciones de sus clientes y/o proveedores.
Para más información lo invitamos a leer nuestro blog https://www.alconmx.com/que-empresas-deben-registrarse-en-repse/
No puedo registrarme en el REPSE, me sale negativa la opinión de cumplimento de cuotas INFONAVIT, adeudo que era un remante que pague hace aproximadamente hacer 15 días hábiles.
Ya estaba completando lo solicitado en el portal, pero me surge la duda de que al no salir sin adeudo el INFONAVIT, me lo rechazara, independientemente que ya fue liquidado.
Quería eliminarlo e iniciar nuevamente , pero no me deja el sistema eliminarlo.
Me podrían ayudar en este aspecto.
Les agradezco de antemano su apoyo.
Estimada Patricia,
Es necesario que se actualice la información del cumplimiento positivo en la base de datos del REPSE para poder terminar con el trámite, esto demora aproximadamente entre 1 y 2 semanas en actualizarse después de emitida la opinión de cumplimiento positiva. Una vez quede podrás ingresar tu registro.
buen día estoy constituyendo una empresa s.a de c.v que prestara servicios pero la fecha con la notaria para la firma es 3 de septiembre como le tendremos que hacer para el registro repse
Carlos, las empresas de reciente creación, NO están pudiendo obtener su REPSE.
Esto debido a que la plataforma solicita información de por lo menos 3 meses de operación para validar status de IMSS, SAT e INFONAVIT.
En este sentido, te sugerimos contactar directo a nuestro Director el CP Daniel Campos para evaluar las opciones que tienes daniel.campos@alconmx.com
Realizamos el registro el 9 de agosto y no obtenemos respuesta por ningún medio y en la plataforma no hay forma de consultar el estatus, qué debo hacer?
Buen día Oliver,
Para revisar tu estatus debes ingresar a la plataforma de REPSE en la misma donde realizaste tu registro con tu firma y contraseña.
Te comparto el enlace aquí.
Saludos!
Me dedico a limpiar drenajes estoy obligado? Si si me pueden ayudar? 5555054429
Hola José! Gracias por escribirnos, si estos servicios los brindas a plantas industriales y empresas SI, debes estar registrado.
Si necesitas ayuda para la gestión de tu trámite REPSE envíanos tus datos de contacto a contacot@alconmx.com
Que pasa si mi gestión se ingresa el día 20 de agosto y la página indica que toma 20 días en analizar la documentación ingresada y entregar un registro. Hasta hoy la fecha límite es hasta el 01 de septiembre 2021.
Saludos
Hola Melesio!
Lo que puedes hacer es monitorear el status de forma diaria.
Ingresa a la página de REPSE con tu clave.
si tu registro ha sido rechazado podemos apoyarte para gestionar nuevamente tu trámite, escríbenos a contacto@alconmx.com junto con tus datos de contacto.
Si celebré un contrato antes del 1 de septiembre y mi factura es del mes de agosto 2021, pero está programada para pago en el mes de septiembre, me impidirán el pago??
Mi trabajo de construcción antes del 1 de septiembre
Estimada Maribel,
NO deberían detenerle el pago, ya que el trabajo corresponde al período de AGOSTO, donde por ley aún tenía tanto usted como su cliente el tiempo de emitir su REPSE. Es importante que la factura DETALLE que es del período de trabajo correspondiente al MES DE AGOSTO.
Si necesitas apoyo para realizar tu trámite REPSE contactanos a contacto@alconmx.com
Que tal, nosotros somos persona física con actividad empresarial nuestra actividad es construcciones de obra civil u obra pesada, estamos obligados a darnos de alta en el REPSE, somos proveedores de oxxo, y oxxo nos obliga a hacerlo, también ya Intentamos iniciar el registro pero sale negativo en el imss e Infonavit, se supone que ya pagamos lo pendiente, en el imss estamos al corriente que puedo hacer oxxo nos da hasta el 15 de septiembre para tener por lo menos el pre registro
Buen día Jiga,
Nosotros podemos apoyarte en tu registro, contáctanos al correo contacto@alconmx.com o al numero 8442282869 para indicarte los detalles de nuestro servicio. Saludos!
Buen día
Me podrás informar porqué se esta tardando mi registro en el REPSE ya que mi fecha de registro fue el 21 de junio del 2021. no he recibido ninguna notificación.
saludos
Hola Patty! Gracias por escribirnos, solo para aclarar NO somos la STPS.
1. Por la fecha que mencionas YA DEBERÍAS TENER RESPEUSTA, ya que la STPS marca 20 días hábiles para responder.
2. ¿Ya ingresaste a la página de REPSE para revisar notificaciones? Ingresa con tu clave, si tu registro ha sido rechazado podemos apoyarte para gestionar nuevamente tu trámite, escríbenos a contacto@alconmx.com junto con tus datos de contacto.
Hola, quería saber si pueden resolver una duda, ¿qué pasa si la empresa no obtuvo el permiso o no lo tramitó? o en todo caso, si no se realizó la migración del personal en la fecha límite del 01 de septiembre
Hola Diana, gracias por escribirnos!
Lamentablemente son varios los problemas que tu empresa puede acarrear.
Lo primero es que muy seguramente tus clientes detendrán tus pagos ¿por qué? porque a raíz de la reforma el ART 12 indica – CITO – : “Artículo 12.- Queda prohibida la subcontratación de personal, entendiéndose esta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra”. Dicho esto, toda empresa que SUBCONTRATE servicios NO registrados en REPSE está cometiendo una actividad DELICTIVA.
Además te harás acrededor a multa especificadas en el Artículo 1004-C. encuentra el artículo aquí.
Si necesitas apoyo en la gestión de tu trámite escríbenos directo a contacto@alconmx.com junto con tus datos de contacto.
Somos una empresa que fabricamos y comercializados cocinas e incluimos la instalacion o interconexion, debemos registrarnos en el REPSE
Estimado Sergio, si las instalaciones de las mismas son para EMPRESAS y/o INDUSTRIAS SI, estás obligado a registrarte en REPSE.
Si necesitas apoyo en la gestión de tu trámite escríbenos directo a contacto@alconmx.com junto con tus datos de contacto.
Buenas noches… aún no he podido registrarme, debido a que no se actualiza el imss y el infonavit. Aún puedo registarme.
Buen día Ana, Sí será posible solicitar la inscripción ante el REPSE en cualquier momento después del 1 de septiembre, sin embargo, después de esta fecha no estará permitido prestar el servicio sin contar con la actividad correspondiente aceptada en el padrón público del REPSE. Saludos!
Podemos registrarnos despues del 1 de septiembre
Estimado Sergio,
Sí será posible solicitar la inscripción ante el REPSE en cualquier momento después del 1 de septiembre, sin embargo después de esta fecha no estará permitido prestar el servicio sin contar con la actividad correspondiente aceptada en el padrón público del REPSE.
Si me están realizando observaciones al pre registro y se subsanan pero el registro no llega hasta después del 1 de septiembre que se puede hacer ?
Nelson gracias por escribirnos!
Te recomendamos enviar una carta a todos tus clientes con tu numero de folio para indicar que tu trámite está en proceso.
Lo más seguro es que tus clientes detengan tus pagos hasta que obtengas tu registro, debido a que de hacerlo podrían estar incurriendo en un acto delictivo al ‘subcontratar servicios que no cuentan con registro REPSE’.
En caso de que tu registro sea rechazado escríbenos directo a contacto@alconmx.com para ayudarte a gestionarlo.
Y SI NO LOGRO DARME DE EL 1 DE SPETIEMBRE QUE PASA
Hola Emilia!
Sí será posible solicitar la inscripción ante el REPSE en cualquier momento después del 1 de septiembre, sin embargo después de esta fecha no estará permitido prestar el servicio sin contar con la actividad correspondiente aceptada en el padrón público del REPSE.
Hola, soy pers. física con actividad empresarial, hago el soporte telefónico desde casa y aveces reparo equipo electrónico para mí cliente por eso no tengo personal en el IMSS, también hago instalaciones para mí cliente pero por pandemia ya más d un año no contrato gente, si doy d alta a 1 o 2 si me darán el registro? Uds me ayudarían después d tener opinión positiva en imss e Infonavit?
Hola Jocelyn
1. Para darte de alta en REPSE, debes estar al día en impuestos SAT, IMSS e INFONAVIT. Nosotros NO emitimos opiniones positivas, la forma de lograrlo es pagar los adeudos que tengas con cada entidad, en tal caso lo que podemos hacer a través de nuestra asesoría es calcular los saldos que tienes como adeudo, .nuestro mail es contacto@alconmx.com.
2. Una vez se ejecuten los pagos correspondientes la información se actualizará en REPSE dentro de 1 o 2 semanas, hasta que se actualice puedes ingresar tu registro.
3. Si NO tienes personal puedes inscribirte a ti mismo ante el IMSS en esta modalidad, y en aquí encuentras el tutorial de cómo hacerlo
Buen día. Espero me puedan ayudar a resolver esta duda.
Somos una empresa de seguridad privada pero actualmente solo le damos servicio a secretaria de relaciones exteriores, nuestro contrato empezó en 2 de marzo del 2021 y termina el 31 de diciembre del 2021. Tengo entendido q para el gobierno entrará en vigor esta ley hasta el ejercicio 2022.
Como me pueden apoyar.
Edgar podemos gestionar tu registro cotnactanos directo a luis.ledesma@alconmx.com
Hola buen día, que sucede si mi actividad es de hojalateria y pintura, son contadas las veces que mi servicio lo proporciono en ciertos talleres de mis clientes, debido a que no se pueden mover las unidades y debo ir hasta el domicilio.
Debo registrarme?
Si es que si, que pasa si me registro hasta que me lleguen a pedir el registro y sea después del 1 de septiembre?
Buenas tardes la empresa que registramos es de seguridad privada. El registro me lo negaron por que segun ellos no cuento con el permiso estatal. Pero en ningun punto me solicitaron esa inf. Claro que la empresa cuenta con su permiso vigente. Me lo rechazaron el día de hoy. Pero al momento de querer ingresar nuevamente para empezar otro registro. No me deja me dice que el folio esta en verificación que podemos hacer ahi.
Estimada Lidia
Envíanos mensaje directo a luis.ledesma@alconmx.com para verificar el motivo del rechazo y asesorarte.
Daniela
1. Mientras el servicio que brindes lo ejecutes en las instalaciones de tus clientes o de un tercero debes tramitar tu REPSE.
2. Sí será posible solicitar la inscripción ante el REPSE en cualquier momento después del 1 de septiembre, sin embargo después de esta fecha no estará permitido prestar el servicio sin contar con la actividad correspondiente aceptada en el padrón público del REPSE.
COMO PUEDO HACER AMPLIACION A MI REGISTRO REPSE SIYA LO TENGO AUTORIZADO COMO CONSTRUCTOR, PERO ME PIDEN QUE HAGA UNA AMPLIACION POR SERVICIOS ESPECIALIZADOS POR MANO DE OBRA
Hola Luis!, directamente en REPSE con tu mismo folio, vuelven y corren 20 dáis para aprobación de las nuevas actividades que registres.
Si deseas que gestionemos estas actividades por tí envianos tu folio REPSE a contacto@alconmx.com junto con tus datos de contacto. Saludos
Hola mi pregunta es que si estoy registrado en el rif tengo que registrarme en el Repse??
Si pones a disposición trabajadores SI.
Buen día
Soy persona física con actividad empresarial, realizo servicios de ventas y logística, nunca eh tenido empleados, por tanto no tengo registro de infonavit y aun curso la carrera universitaria y me encuentro en tramites de imss para mi alta, que o como puedo hacer?
Hola Alejandra, puedes afiliarte al IMSS como trabajador independiente
– En esta modalidad puedes inscribirte a ti mismo
– Mira el tutorial aqui
Posterior a tenerlo puedes hacer tu registro REPSE.
Saludos
Hola qué tal buena noche, soy persona con actividad empresarial que acaba de hacer su registro hace dos días soy nuevo en plataforma sin registro de ninguna actividad pero la empresa ala que dispongo de un trabajo me cancelo pagos debido al REPSE como puedo hacerle para poder actividad mis pagos si necesito 3 meses de historío y soy nuevo como prestador de servicios y hasta qué día como persona nueva de prestador de servicios puedo registrarme en el REPSE?
Buen día Oscar,
La plataforma está elaborada para recibir información como mínimo de 1 trimestre, ya que une documentacion de SAT, IMSS e INFONAVIT. Te sugerimos te acerques directamente a la STPS para que evalúen tu caso.
hola buen dia que puedo aser ya que tengo 2 meses tratando de optener mi registro, ya tengo el folio, pero me sale adeudo ante el sat me presente al sat y todo lo tengo en orde, imss, infonavit, y sat me presente a las intalaciones de la stps y me disen que es problema del sat que ago ya tengo el tiempo en sima.
Estimado Juan,
las actualizaciones en el sistema REPSE despues de pagados los adeudos se reflejan 2 semanas después ¿intentaste hacer tu registro en ese período?
Me sale negativo en servicio de administración tributario y el IMSS e INFONAVIT positivos ya no me permite regresarme para hacer nuevamente mi solicitud ya que en la plataforma del SAT me sale la OPINION POSITIVO como me puede ayudar
somos una empresa de seguridad privada
Lizbeth, la actualización del SAT en sistema se demora 1 semana.
Una vez transcurrido este tiempo, debes darle
Regresar hasta el inicio a tu trámite, y luego continuar para que se actualice la informaciónñ
ya paso casi tres semanas de esa situación sobre el SAT y aun no me deja reiniciar en el portal del REPSE.
OK, puede ser que este entonces guardando tus datos anteriores.
Ingresa a la plataforma con tu E FIRMA, y vas a devolverte hasta el inicio de la información para volverla a ingresar.
Haciendo esto, la información ya debería de coincidir.
Buenas tardes, una disculpa no sé si puedan apoyarme con una duda ya que por los medio posibles he tratado de buscar información y no encuentro nada. La empresa en cuestión, por temas de “actualización” tanto en IMSS como Infonavit, apenas concluímos el registro la semana pasada en el Portal de REPSE, con lo cual obtuvimos el número de Folio correspondiente: sin embargo, como sabemos, el REPSE tiene un plazo de 20 días hábiles para emitir el registro positivo o bien, negarlo. Los clientes nos están solicitando como tal, el registro para más tardar el día 01 de septiembre o prácticamente nos rescindirán contratos, lo cual es una situación que nos tiene sumamente preocupados, pero en este caso, no hemos encontrado de qué manera argumentar que nos den oportunidad/prórroga en lo que REPSE nos emite una resolución (los 20 días hábiles que ya están transcurriendo). Tenemos alguna opción? Porque de lo contrario, prácticamente nuestra sociedad estaría sin clientes en unos cuantos días…
Estimada Guadalupe,
La exigencia de tus clientes es porque a raíz de la reforma ellos son responsables solidarios, ellos NO deben subcontratar NINGUN SERVICIO que NO ESTÉ REGISTRADO EN REPSE, hacerlo es incurrir en una actividad delictiva. Mismo caso para tu empresa, mientras NO se cuente con registro REPSE, NO debes de brindar tus servicios.
En este caso nuestra recomendación es que envíes una carta formal a todos tus clientes explicando que tu trámite está en proceso, como lo marca la propia STPS corriendo el tiempo de los 20 días. Salvo que haya una prórroga.
OTRA DUDA, SI TENGO UN REGISTRO NUEVO, COMO VOY A ACREDITAR 3 MESES DE TRABAJO ANTERIOR SI NO PUEDO TRABAJAR CON CLIENTES, COMO PUEDO TENER ESOS 3 MESES DE DOCUMENTACION, SI NO TENGO ENTRADAS , NI FACTURAS NI RECIBOS D ENOMINA , POR NO PODER TRABAJAR , YA QUE NO ME DAN EL REGISTRO.?
Operas como persona física o persona moral?
buen día, me acabo de dar cuenta de toda esta información la verdad hace tiempo enviaron unos correos en la empresa donde presto servicios pero nunca avisaron en donde se tendría que darnos de alta hoy me llega un correo donde me dan fecha limite de 31/AGOSTO/2021 lo cual es el día de mañana no creo juntar dicha documentación, a un que es cierto que estoy de acuerdo en cargar la información solicitada, fue muy poca la difusión de la información deberían de aplazar la fecha de inscripción por que al igual que a nosotros hay muchas empresa que no saben nada de esto.
Buen día Jesus!
Sólo para aclarar NO somos STPS, ni GOBIERNO.
Para tu tranquilidad, Sí será posible solicitar la inscripción ante el REPSE en cualquier momento después del 1 de septiembre, sin embargo después de esta fecha no estará permitido prestar el servicio sin contar con la actividad correspondiente aceptada en el padrón público del REPSE.
buenos dias
yo tengo un problema al ponerme al corriente en el imss uno de los pagos que me dieron para hacer no era mio y ese pago a penas ayer 30 de agosto me lo estan requiriendo estube esperando actualizacion del imss y no me actualizaban por eso me di cuenta me pueden ayudar ya que el proceso se tarda mas tiempo y se acaba los dias de inscripcion donde me puedo hacercar para ver mi caso si me pueden apoyar con una prorroga a un que sea de unos dias mas ya que el error es del imss directo y no quiero perder por culpa de ellos
gracias saludos
Estimado Juan Manuel
Acerca de tus consultaS:
1. Para obtener tu registro en REPSE debes estar al día en SAT e IMSS. Cuando saldes los adeudos se reflejarán entre 1 y 2 semanas despues el status de positivo en la platafor,a.
2. Sí será posible solicitar la inscripción ante el REPSE en cualquier momento después del 1 de septiembre, sin embargo después de esta fecha no estará permitido prestar el servicio sin contar con la actividad correspondiente aceptada en el padrón público del REPSE.
buenos dias
yo tengo un problema al ponerme al corriente en el imss uno de los pagos que me dieron para hacer no era mio y ese pago a penas ayer 30 de agosto me lo estan requiriendo estube esperando actualizacion del imss y no me actualizaban por eso me di cuenta me pueden ayudar ya que el proceso se tarda mas tiempo y se acaba los dias de inscripcion donde me puedo hacercar para ver mi caso si me pueden apoyar con una prorroga pra el repse a un que sea de unos dias mas ya que el error es del imss directo y no quiero perder por culpa de ellos
gracias saludos
Juan Manuel
1. Debes acudir directamente a la subdelegación del imss de tu localidad con tus datos patronales apra que te den la atención y te aclaren tu status positivo.
2. En el REPSE se reflejará aporximadamente 2 semanas después.
3. Podrás gestionar la inscripción ante el REPSE en cualquier momento después del 1 de septiembre, sin embargo después de esta fecha no estará permitido prestar el servicio sin contar con la actividad correspondiente aceptada en el padrón público del REPSE.
Hola buen dia
Tuvimos una deuda en infonavit y ya fue pagada desde el dia 25 de agosto, pero aun nos aparece negativo el acceso al registro, cuanto mas tardaria?
Y tambien si no tengo empleados dentro de mi registro IMSS, me daran el registro de repse?
Buen día!
1. Sobre los adeudos: Se reflejan una vez saldado en la plataforma de 1 a 2 semanas, posterior a esto puedes iniciar tu registro en REPSE.
2. En su efecto para registrarte en REPSE debes de contar con IMSS tu y tus empleados.
Cómo persona física tengo que tener acta constitutiva??
Hola Gabriela!
Como persona física lo que deberás cargar es tu constancia de situación fiscal
Saludos!
Hola buen día, mi consulta es la siguiente:
entre hoy a la pagina “https://repse.stps.gob.mx/” para iniciar el tramite. doy click en “INGRESAR, REGISTRARME”…ingreso los archivos .KEY .CER (que están vigentes) junto con la contraseña y al momento de darle click en “INGRESAR” no me marca nada, ni error ni nada, simplemente no me deja avanzar. no se si a alguien le ah pasado? es la pagina? es el explorador? o es algo mas?
aclarando que acabo de sacar hoy las 3 opiniones de cumplimiento y las 3 al dia de hoy 01 de septiembre me dicen “positivas” a que se deberá?
gracias por el apoyo, saludos
Estimado Jorge
Si tu EFIRMA y tus Archivos están vigentes NO DEBES TENER PROBLEMA.
Checa tu explorador de navegación, se debe realizar en google chrome.
Buenas tardes.
Estoy iniciando el trámite para la empresa que brinda los servicios de impermeabilizaciones industriales, pero la opinión de cumplimento de IMSS es negativa por adeudos que me marca son del año 2012 y la de Infonavit recién se pagaron, pero tardan unos 10 días en reflejarse, por todo esto no me permite continuar con el trámite y ya es hoy la fecha límite. Podré tener alguna otra fecha o me dejará hacerlo otro día?
Buen día María,
Sí será posible solicitar la inscripción ante el REPSE en cualquier momento después del 1 de septiembre, sin embargo, después de esta fecha no estará permitido prestar el servicio sin contar con la actividad correspondiente aceptada en el padrón público del REPSE.
Saludos.
Hola buen día
Es requisito que se exprese en el CFDI ( pdf y xml) el número de registro REPSE del proveedor cuando me facture , en caso de que cuente con él?
y quisiera saber si hay alguna prórroga despúes de ésta que venció, para que nos puedan seguir facturando los proveedores que aun no reciben su folio de registro en REPSE pero están en trámite?
gracias!
Alejandra,
1. En la factura no, en el contrato SI.
2. NO hay prorroga, después del 1 de septiembre entraron en vigencia todas las disposiciones legales.
Buena tarde, apenas ingresamos el tramite el 24 de agosto, pero un cliente no nos esta dejando trabajar ya que dice que aun no tenemos el registro pero tenemos el folio esto es valido, podemos ampararnos y seguir trabajando normal, ya que no encuentro sustento alguno, gracias.
Alejandra
Lamentablemnete, las disposiciones establecen que hasta tener tu registro aprobado puede reanudar actividades con tu cliente.
He intentado sacar mi opinión de cumplimiento imss en el escritorio virtual para el registro Repse, pero el sistema válida mis datos de firma electrónica, pero no abre nada más, cual podría ser el problema?
VERONICA
Para el escritorio virtual se utiliza la e.firma del representante legal NO de la empres.
No es necesaria la opinion de cumplimiento par a el tramite del REPSE, solamente estar al corriente.
BUENA TARDES SOY UNA EMPRESA DE SEGURIDAD PRIVADA Y YA HIZE MI REGISTRO EN EL REPSE PERO ME RECHAZARON MI SOLICITUD DE REGISTRO POR QUE MI PERMISO PARA PRESTACION DE SERVICIOS NO ESTA VIGENTE Y APENAS VOY A INICIAR MI TRAMITE DE DE RAVALIDCION EN ESTE CASO QUE PUEDO HACER
Araceli, hasta que tengas tu información actualizada deberas volver a iniciar el proceso de trámite REPSE.
Hola buenos dias.
No se si podrian ayudarme, o que me aconsejarian hacer. Levante una actividad y tardaron una semana en darme la aprobacion, y al agregar una segunda actividad, ya han pasado cerca de 21 dias y no hemos recibido respuesta. Cada que entramos al sitio web aparece que nuestro registro se encuentra en proceso de actualizacion y no nos deja mas que consultar la primera actividad que registramos
Manuel
Los tramites de actualizacion suelen tardar más que el registro pro 1ra vez.
Maximo en 20 días habiles deben de darte una respuesta, ya sea positiva o negativa.
Buenos Dias
tengo PENDIENTE de facturar un servicio electrico de enero me pidieron que lo facturara en septiembre debo hacer la ret de iva stoy en frontera
Gracias
Angeles
1. Retencion de IVA en septiembre YA NO APLICA.
Te recomendamos NO dejar pasar tanto tiempo para facturar tus servicios.
Recuerda que en ALCON podemos brindarte la asesoria contable fiscal y financiera para la prosperidad de tu negocio. Envianos mensaje a contacto@alconmx.com
buenas tardes, nosotros nos somos una optica y maquiladoras nos llaman para ir a hacerloes el examen de la vista a los empleados y darles la prestacion de lentes, nuestro personal no recibe ordenes directas de nuestro cliente, y el trabajo no se realiza en sus intalaciones, estaremos obiligados a obtener este registro?
Hola Lorena,
Si ya que realizas la actividad en las instalaciones de tus clientes.
Hola buenas tardes:
Tengo todo Agosto intentando registrarme en el REPSE, pero me marca que tengo adeudos en el SAT, IMSS e INFONAVIT, ya revise con los 3 y no tengo ningún adeudo, incluso ya me entregaron mi constancia de NO adeudo en los 3, que puedo hacer ya que aun teniendo todo correcto desde siempre aun así no me permite registrarme
Buen día Cesar,
Hemos tenido casos similares con nuestros clientes y hemos podido apoyarlos con su registro. Contáctanos al correo contacto@alconmx.com o al número 8442282869 para indicarte los detalles de nuestro servicio. ¡Saludos!
Buenas tardes, soy una empresa que comercializa productos y que también tiene demostradoras propias, le damos servicio a Liverpool, tenemos que tramitar el REPSE?
Buen día Juan, te invito a revisar la guía https://www.prodecon.gob.mx/Documentos/bannerPrincipal/2021/guia_repse.pdf la cual en el punto 8 pag. 4 indica lo siguiente:
“Las personas físicas o morales que por su conducto realicen actividades de promoción o publicidad de una marca propia, y cuyo personal se ponga a disposición en un centro de trabajo distinto al suyo, deberán contar con el REPSE. Dicho personal no deberá realizar actividades que formen parte del objeto social o actividad preponderante del centro de trabajo donde desarrollan sus actividades.
Si esto aplica para ti, en ese caso si es necesario que cuentes con tu REPSE. Saludos!
Hola! Buenas tardes, tengo una consulta, soy una persona moral, pero no tengo ningún empleado, porque Yo como apoderada y administradora realizo todo el trabajo, ya que no es mucho, pero si no tengo empleados ¿Cómo me pueden dar mi registro si me lo piden los clientes?
Saludos y agradezco sus comentarios
Hola Miriam
Si eres persona moral debes tener por lo menos 1 trabajador, debes de darte de alta a ti misma en el IMSS.
buenas noches, El decreto habla de proporcionar informacion de los contratos celebrados en los cuatrimestres, de 2021 , si el contrato se celebro antes de el 23 deAbril de 2021. se debera enviar la informacion el contrato se celebro el 8 de Enero 2021 y sigue vigente, es decir no se ha terminado .
Que procede en ese caso?
Hola Jaima
Si la fecha final del contrato cubre del periodo abril-agosto 2021 si se DEBERÁ PRESENTAR LA INFORMATIVA DE CONTRATO.
Si necesitas el soporte para presentar tus informes cuatrimestrales de IMMS (ICSOE) e INFONAVIT (SISUB), contáctanos directo a contacto@alconmx.com
buenas tardes, he tenido problema para subir mi constitutiva a pesar de que va comprimida tanto en zip como en rar y no veo que alguien tenga ese problema, alguien podria ayudarme porfavor???
Hola Franciso, si gustas envíanos tus datos de contacto a contacto@alconmx.com para apoyarte en la gestión de tu registro
Buenas tardes, estoy tratando de hacer el egistro, pero al llegar a un cuadro donde me pide la alta del sat, le proporciono el archivo pdf del la situacion fiscal pero no la acepta, a que se refiere este dato
Debes enviarla en formato JPEG y NO en PDF. Saludos
Buenas tardes
En la pagina https://repse.stps.gob.mx/ publicaron una sección de preguntas frecuentes donde indica el la pregunta los siguiente:
” 3. Si soy un prestador de servicios especializados u obras especializadas y para dar mis servicios a un tercero no pongo a mis trabajadores a disposición del contratante, ¿Debo registrarme? Respuesta: No, el registro es exclusivamente para quien ponga trabajadores a disposición de un tercero para la realización de los servicios y las obras especializadas contratadas.”
Este argumento lo hemos dado a nuestros clientes y muchos de ellos reconocieron que no nos aplica, sin embargo otros indican que aplica por el simple hecho de realizar la actividad en sus instalaciones.
Nuestra empresa se dedica a prestar servicio de calibración y algunos servicios se realizan en planta del cliente, sin embargo en ningún caso implica la SUBORDINACIÓN del personal, por lo que entendemos que no nos aplica y no hemos realizado el registro.
No queremos perder ventas y algunos clientes nos están condicionando el REPSE para colocar nuevos pedidos, es posible que la STPS revise nuestro caso y nos emita un documento indicando que no nos aplica o existe alguna otra forma para tener evidencia.
Cendi, SI les aplica al ingresar a las instalaciones de tus clientes, aunque sea tu personal.
En este blgo te explicamos por qué: Qué significa poner personal a disposición del cliente?
Si requieres mayor soporte nosotros podemos realizar tu gestión si gustas ponte en contacto directamente con luis.ledesma@alconmx.com para que nuestros asesores te ayuden en tu gestión.
Buena noches
Si hice un convenio para pagar un adeudo de Infonavit e imss en mensualidades, puedo obtener mi REPSE?
Mary, lamentablemente NO, una vez que generes el pago total, se reflejara hasta dentro de un promedio de 3 a 4 meses en la plataforma, solo ahí podras generar el registro REPSE.
Buenas tardes, tengo u a empresa de seguridad canina, solo rento a los perros a mis clientes, no tengo elementos humanos, estoy obligado a registrarme? Y hasta cuando tengo para realizar el registro.
Sergio, gracias por contactarnos, no es necesario registrarte.